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Podemos clasificarlos en dos grandes grupos:

1.SEGUROS DE PERSONAS

Comprenden todos los riesgos que puedan afectar a la existencia, integridad física o salud del asegurado. Los principales serán:

  • Seguro de Vida: es aquél que cubre el riesgo de muerte de una persona. El asegurador, a cambio de la prima, pagará a los beneficiarios la suma asegurada a la muerte del asegurado. Esta suma asegurada podrá cobrarse en forma de renta o en forma de capital. El asegurado de un seguro de riesgo no podrá ser menor de 14 años.
  • Seguro de Accidente: Viene a cubrir las lesiones debidas a un incidente que se produce de forma repentina y violenta, que supongan  invalidez temporal, permanente o muerte.
  • Seguro de enfermedad: El riesgo asegurado es la enfermedad, por lo que se garantiza el pago de ciertas sumas y gastos de asistencia médica y farmacéutica en el caso de que el asegurado enferme. 

2. SEGUROS CONTRA DAÑOS

Cubren los efectos que, a raíz del siniestro, hayan afectado económicamente tanto a los bienes muebles(electrodomésticos, muebles, etc.) como a los inmuebles (una casa, una finca, etc.). La categoría de los seguros de vehículos a motor, es una de las más importates. Dentro de la misma podemos distinguir los siguientes seguros:

  • Seguro obligatorio: Cubre exclusivamente los daños materiales y personales que el conductor cause con su vehículo a un tercero (responsabilidad civil). Con este seguro, la compañía no se hace cargo de los daños producidos en su propio vehículo. Lo debe contratar obligatoriamente todo propietario de un vehículo a motor.
  • Seguro voluntario: Añade otras garantías al seguro obligatorio para cubrir los daños que se puedan causar en el propio coche (rotura de lunas, robo, incendio, etc.) y las lesiones producidas a los ocupantes.
  • Seguro a todo riesgo. Es el que da mayor cobertura, ya que abarca casi todos los daños propios y ajenos tanto de los vehículos como de las personas, con independencia de quien ha provocado el accidente. Para calcular la prima, la compañía tiene en cuenta, entre otras cosas, la edad del conductor y la antigüedad del carné.
  • Seguro a todo riesgo con franquicia: En este tipo de seguro el asegurado y la asegurado comparten riesgos, de forma que el asegurado se compromete a pagar una parte de los daños ocasionados a su vehículo (normalmente se establece de un mínimo de cantidad que siempre paga el asegurado al reparar el automóvil que es lo que se llama franquicia), y el resto lo paga la compañía.